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Tipos de Drones y Clases CE en la Normativa Europea


Marcados de Clase CE de los drones

Cambios en los marcados de clase CE (actualizado abril 2022)

Como ya venimos observando, AESA acumula bastantes retrasos a la hora de aplicar lo planteado en la Normativa Europea que arrancó el 1 de enero de 2021 y por lo tanto se están modificando las fechas límite que había para algunos tramites. Lo bueno es que en esta ocasión, este retraso nos favorece a los pilotos, y es que el marcado de clase CE exigido a todos los drones se ha retrasado un año, hasta el 1 de enero de 2024, pero sigue leyendo para entender que en que se traduce este retraso y como nos afecta o nos beneficia a los pilotos. 

Antes de continuar, aclarar que la nueva normativa no se instauró de golpe el 1 de enero de 2021, sino que esa fecha es el punto de partida y que estamos en un periodo transitorio de adaptación de esas normas en el que los cambios se van implantando conforme lleguen las fechas límite, pero esas fechas se están retrasando continuamente.

El 15 de marzo se publicó una modificación en el Reglamento de Ejecución (UE) 947/2019 ante la imposibilidad de cumplir las normas para el marcado de clase en los plazos establecidos y por lo tanto se aprueban una serie de cambios que te detallo a continuación.

Por otro lado se retrasan también otras exigencias cómo:

 – La luz intermitente de los drones (cat. abierta) no será obligatoria hasta 1 de Julio de 2022
 – El sistema activo de identificación (e-ID) no será obligatorio hasta 1 de enero 2024

 – Las declaraciones STS (ES) nacionales se podrán presentar hasta el 31 de dic. 2023 y serán válidas hasta el 31 de dic. de 2025. 

¿HASTA CUANDO PUEDO VOLAR MI DRON?

Como ya venimos hablando, a partir del 1 de enero de 2021 los UAS utilizados en categoría abierta “deben pertenecer” a una de las clases C0, C1, C2, C3 o C4 o ser de construcción privada. Y si no cumplen estos requisitos (como ocurre con todos los drones a fecha de publicación de este post) tendrán que adaptarse a los períodos transitorios y requisitos particulares definidos para dichos periodos.  

Si bien el periodo para utilizar nuestros drones sin marcado de clase tal cual lo venimos haciendo hasta ahora, era hasta el 1 de enero de 2023, con todos los retrasos que llevan para instaurar estos cambios lo han retrasado hasta el 1 de enero de 2024. Así que hemos ganado un año para volar nuestros drones sin marcado de clase, y los fabricantes han ganado también ese año para verse obligados a marcar sus drones y equiparlos de forma acorde. 

Por lo tanto, los UAS podrán seguir utilizándose bajo las siguientes condiciones:

Marcados de clase en CATEGORÍA ABIERTA

  • Los UAS que no pertenezcan a una de las clases C0, C1, C2, C3 o C4 (todos a fecha de publicación) establecidas podrán seguir utilizándose:
  •             Si la masa de despegue de la aeronave no tripulada es inferior a 250 g, podrán operar en subcategoría A1, hasta el 1 de enero de 2024 y una vez pasada esta fecha también. Es decir este tipo de drones de menos de 250g (Mini 2, Mini3, Fimi x8 Mini, Zino Mini Pro…etc) van a ser los más beneficiados porque a pesar de no contar con el marcado de clase C0 que les corresponde no se van a ver afectados cuando acabe el periodo transitorio. Eso sí, a partir del 1 de enero de 2024 los fabricantes estarán obligados a que estos drones tengan ya el marcado de clase C0.
  •             Si la masa de despegue de la aeronave no tripulada esta entre 250g y 500 g y el dron no tiene el marcado de clase C1, podremos operar en subcategoría A1  hasta el 1 de enero de 2024, a partir de esa fecha estos drones se podrán volar pero solo en subcategoría A3 (o alejado de entornos urbanos y personas). Por otro lado los pilotos tendrán que tener la formación A1/A3 para volar estos drones.
  •             Si la masa de despegue de la aeronave no tripulada es inferior a 2 kg, el dron no tiene el marcado de clase C2 (Mavic Pro, Mavic 2, Mavic 3, Mavic Air 2, Autel Evo…etc.) y se opera a una distancia horizontal mínima de 50 m de las personas, podremos operar en subcategoría A2  hasta el 1 de enero de 2024, a partir de esa fecha estos drones se podrán volar pero solo en subcategoría A3 (o alejado de entornos urbanos y personas).                                                                                                                                                                                                                             Por otro lado los pilotos que operen en estas circunstancias tendrán que tener la formación correspondiente A2, considerándose aceptable (pero no obligatorio) estar en posesión de un certificado básico o avanzado de piloto de drones (STS01 y STS02).
  •            Si la masa de despegue de la aeronave no tripulada es superior a 2kg e inferior a 25 kg, y los drones no tienen marcado de clase C3 la operación se podrá llevar a cabo en subcategoría A3, hasta el 1 de enero de 2024 y una vez pasada esta fecha también. Los pilotos a distancia tendrán que tener un nivel de competencia al menos equivalente al correspondiente a la subcategoría A3, considerándose aceptable estar en posesión de un certificado básico o avanzado de piloto de drones (STS01 y STS02).

Marcados de clase en CATEGORÍA ESPECÍFICA

  • Los UAS utilizados en categoría ‘específica deberán ajustarse a lo siguiente:
  •            A partir del 31 de diciembre de 2021 los UAS empleados en operaciones bajo declaración operacional de acuerdo con un escenario estándar nacional, deberán cumplir los requisitos que se establezcan por AESA
  •             A partir del 1 de enero de 2022 los UAS empleados en operaciones bajo régimen de declaración operacional deberán pertenecer a una de las clases C5 o C6 dependiendo de si la operación se realiza en el escenario estándar (‘STS-01’) o (‘STS-02’) .
  •            En el resto de los casos, se deberá solicitar una autorización operacional de acuerdo con el artículo 12 del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947.

Marcado de clase en UAS de CONSTRUCCIÓN PRIVADA

Y finalmente vamos a hablar de los requisitos de los drones de construcción privada o construidos por nosotros mismos en el contexto de la Normativa Europea y el periodo transitorio. Y es que los UAS de construcción privada podrán seguir operando siempre que cumplan alguno de los siguientes supuestos:

  • Los UAS que no son de fabricación privada y cumplan con la directiva de comercialización de productos aplicable actualmente en la UE (Decisión 768/2008/CE) pero no pertenezcan a una de las clases C0, C1, C2, C3 o C4 establecidas podrán seguir utilizándose si han sido introducidas en el mercado antes del 1 de enero de 2024 de la siguiente forma:
  •            Si el peso del dron es inferior a 250 g y una velocidad operativa máxima inferior a 19m/s incluida la carga útil, podrán seguir operando en subcategoría A1 (cat. abierta) antes y después de 2024.
  •             Si el peso del dron es inferior a 25 kg, incluidos el carburante y la carga útil, podrán seguir operando en subcategoría A3 (cat. abierta).
  •            Si no se dan las condiciones mencionadas en los puntos anteriores a partir del 1 de enero de 2024 tendrán que volar bajo el marco de una autorización concedida a un club o asociación de aeromodelismo
  •            Si estos drones quieren operar en categoría específica lo tendrán que hacer bajo autorización. 

¿QUE PASA DESPUÉS DEL 1 DE ENERO DE 2024?

Y por resumir y dejar aclarado este punto, ¿Qué es lo que ocurrirá a partir del 1 de enero de 2024 cuando llegue la fecha límite para todos los drones que no tienen marcado de clase?

Bueno, tampoco es tan drástico:

  •            Podremos seguir volando esos drones con normalidad pero SOLO en subcategoría A3 (cat. abierta), es decir alejados de entornos urbanos y personas.
  •             Solo si nuestro dron es de un peso menor a 250g podremos seguir volándolo en subcategoría A1 igual que lo veníamos haciendo, por eso que este tipo de drones son los más ventajosos si no tienen el marcado de clase. 

CONCEPTOS A TENER EN CUENTA SOBRE LOS MARCADOS DE CLASE

Antes de entrar a las Clases CE específicas de cada dron, hay una serie de conceptos generales que afectan a los drones en el contexto de la Normativa Europea y que te explico a continuación:

  • Todos los drones vendidos a partir del 1 de enero de 2024 (fecha extendida) deberán de incluir el marcado de clase CE tanto en el embalaje como en el propio dron. El marcado de clase se debe de mostrar de forma clara, legible e indeleble.
  • El fabricante deberá incluir un manual de uso con las reglas básicas en las que constará:   
  •             1. Avisar al usuario de que debe de registrarse como piloto operador.
  •             2. Asegurarse de que el número de registro de operador está inscrito en el        dron mediante una pegatina y cargado en el sistema de identificación a distancia (e-ID).
  •             3. Avisar de la formación o los cursos obligatorios de piloto de Drones que habrá tenido que completar el usuario.
  •             4. El fabricante deberá incluir un manual con los usos que puedo hacer con mi dron y los usos que no puedo hacer para principiantes o personas que se estén inciando en este mundo.
  • Los UAS que vayan a operar en categoría abierta y no tengan los marcados de clase C0, C1, C2, C3 o C4 establecidos en el Reglamento Delegado (UE) 2019/945 podrán seguir utilizándose hasta el 1 de enero de 2024 bajo determinadas condiciones.
  • Los UAS que no son de fabricación privada y cumplan con la directiva de comercialización de productos aplicable actualmente en la UE (Decisión 768/2008/CE), pero no pertenezcan a una de las clases C0, C1, C2, C3 o C4 establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2019/945, podrán seguir utilizándose si han sido introducidas en el mercado de la Unión antes del 1 de enero de 2024 bajo determinadas condiciones.
Marcados de Clase CE para drones

Ejemplos de etiquetas y manuales que incluirá el fabricante en los embalajes de sus drones:

Instrucciones del fabricante en los drones
Que puedo hacer o que no puedo hacer

1- MARCADOS DE CLASE CE en la NORMATIVA EUROPEA de drones

Con la Normativa Europea y una vez pasados los periodos transitorios todos los drones tendrán que contar con un marcado de clase CE de forma que garanticen que cumplen con los requisitos y necesidades de cada una de las clases. Cada clase hace referencia a las características propias de la aeronave, los sistemas que la componen y el equipamiento que servirá para controlarla de forma remota.

Normativa-europea-sobre-drones-marcado-packaging

En la nueva normativa se establecen 7 marcados de clase CE que van del C0 al C6. Sus diferencias van en función de las restricciones operacionales que tienen y los sistemas de seguridad que las integran. En la Categoría Abierta podremos volar drones con los siguientes marcados C0, C1, C2, C3 y C4

Marcados de Clase con la Normativa Europea

Mientras que en la Categoría Específica encontraremos los marcados de clase C5 y C6

Si todavía esto de las categorías te suena a chino o no sabes muy bien que puedes hacer en cada categoría y subcategoría, te recomiendo que consultes este otro artículo sobre los principales cambios que trae la Normativa Europea.

Para pertenecer a una u otra clase, las aeronaves no tripuladas han de cumplir una serie de requisitos. Estas características tienen que ver principalmente con la masa máxima al despegue (MTOW) del dron, su velocidad máxima o su altura máxima alcanzable por encima del punto de despegue. Sin embargo cada  clase tiene unas particularidades que es lo que vamos a ver a continuación detallando los requisitos que debe cumplir cada dron para poder llevar el marcado de clase CE correspondiente. 

· Drones con marcado de Clase C0

Marcado de Clase C0

Los drones que opten o que tengan el marcado de Clase C0, son los más básicos y con menos restricciones del mercado principalmente por el peso de los mismos.

Entre los requisitos que se les exigen para optar al marcado de Clase C0:

  • Tener una MTOM inferior a 250 g.
  • Tener una velocidad máxima en vuelo horizontal de 19 m/s.
  • Tener limitada la altura máxima desde el punto de despegue a 120 m.
  • Estar alimentado con electricidad.

Como puedes ver esta clase está marcada principalmente por el peso del dron, puesto que el resto de aspectos son los normales en un dron de este peso. Por ejemplo el Mini 2 alcanza una velocidad máxima en vuelo de 13 m/s, se pueden limitar a una altura de vuelo de 120m. Sin embargo a día de hoy estos drones no vienen con el marcado de clase CE a pesar de que cumplen el resto de requisitos. Habrá que ver si el próximo Mini 3 trae el marcado de clase, aunque mucho me temo que no.

· Drones con marcado de Clase C1

Marcado de Clase C1

Los drones que opten o que tengan el marcado de Clase C1 ya exigen una serie de requisitos técnicos que serán comunes en el resto de clases superiores, por lo que es importante conocerla para entender las siguientes clases. Vamos detallando en azul los cambios respecto a las clases anteriores. Los requisitos que se les exigen a los drones de Clase C1:

  • Tener una MTOM inferior a 900 g o que su energía transmitida en caso de impacto sea inferior a 80 J (Muy importante que ahora no exigen ambos requisitos, sino el del peso o el de la energía de impacto).
  • Tener una velocidad máxima en vuelo horizontal de 19 m/s.
  • Tener limitada la altura máxima desde el punto de despegue a 120 m.
  • Estar alimentado con electricidad.
  • Tener un número de serie único.
  • Tener un sistema de identificación a distancia directa y de identificación a distancia de red.
  • Tener equipado un sistema de geoconsciencia.
  • Tener equipado un sistema de aviso de batería baja para el UA y la estación de control (CS).
Subcategoria A1 C1
Subcategoria A3

En esta clase ya nos exigen una serie de requisitos técnicos más complejos, sin embargo la mayoría de ellos ya los incorporan los drones como el sistema de avisos de batería baja, el número de serie único, por lo que los más destacables son el e-ID y el sistema de geoconsciencia.

· Drones con marcado de Clase C2

Marcado de Clase C2

Las operaciones en la subcategoría A2 se realizarán manteniendo una distancia de seguridad de al menos 30 m respecto de personas no participantes en la operación y se podrán realizar con drones que lleven el marcado de clase C2.

Los requisitos para los drones de Clase C2 son:

  • Tener una MTOM inferior a 4 kg.
  • Tener una velocidad máxima en vuelo horizontal de 19 m/s. (ya no se exige en esta clase)
  • Salvo si es un UA de ala fija, estar equipado con un modo de baja velocidad seleccionable que limite la velocidad a 3 m/s como máximo.
  • Tener limitada la altura máxima desde el punto de despegue a 120 m.
  • Estar alimentado con electricidad.
  • Tener un número de serie único.
  • Tener un sistema de identificación a distancia directa y de identificación a distancia de red.
  • Tener equipado un sistema de geoconsciencia.
  • Tener equipado un sistema de aviso de batería baja para el UA y la estación de control (CS).
  • Equipar luces para control de actitud y vuelo nocturno.
  • Estar equipado con un enlace de datos protegido contra el acceso no autorizado a las funciones de mando y control (C2).
Subcategoria A2

Como puedes ver se repiten los mismos requisitos que para la clase C1, excepto el límite de velocidad, y por otro lado se añaden otras exigencias, siendo una de las más importantes el sistema de luces acorde para la navegación aérea, que requerirá una serie de cambios “físicos” en los drones que quieran optar a esta clase C2.

· Drones con marcado de Clase C3

Marcado de Clase C3

Los drones con clase C3 solo se podrán volar en categoría abierta subcategoría A3, es decir alejados de entornos urbanos y personas. Aunque si quieres saber más de las subcategorías mejor que consultes el post sobre los Cambios en la Normativa Europea. Ten en cuenta que en esta subcategoría también se podrán volar drones de clases menores como C2, C1 o C0.

Los requisitos para los drones de Clase C3 son:

  • Tener una MTOM inferior a 25 kg y una dimensión característica máxima inferior a 3 m.
  • Salvo si es un UA de ala fija, estar equipado con un modo de baja velocidad seleccionable que limite la velocidad a 3 m/s como máximo.
  • Tener limitada la altura máxima desde el punto de despegue a 120 m.
  • Estar alimentado con electricidad.
  • Tener un número de serie único.
  • Tener un sistema de identificación a distancia directa y de identificación a distancia de red.
  • Tener equipado un sistema de geoconsciencia.
  • Tener equipado un sistema de aviso de batería baja para el UA y la estación de control (CS).
  • Equipar luces para control de actitud y vuelo nocturno.
  • Estar equipado con un enlace de datos protegido contra el acceso no autorizado a las funciones de mando y control (C2).
Subcategoria A3 C3

Como ves los requisitos para la clase C3 son los mismos que para la clase C2 salvo que el peso y volumen del dron puede llegar hasta los 25 Kg y 3 metros.

· Drones con marcado de Clase C4

Marcado de Clase C4

Los drones con clase C4 son parecidos a los de la clase C3 pero están dirigidos al aeromodelismo con algunas medidas más laxas en cuanto a tecnología y exigencias técnicas.

Los requisitos para los drones de Clase C4 son:

  • Tener una MTOM inferior a 25 kg, incluida la carga útil.
  • No disponer de modos de control automático, excepto para la asistencia a la estabilización del vuelo sin ningún efecto directo en la trayectoria y para la asistencia en caso de pérdida del enlace, siempre que se disponga de una posición fija predeterminada de los mandos de vuelo en caso de pérdida del enlace.
  • Estar destinadas para la práctica del aeromodelismo.

Los drones de clase C4 están dirigidos al mundo del aeromodelo, por eso que se exigen que no tengas ayudas automáticas salvo las más necesarias para la seguridad de la operación. 

Los siguientes clases C5 y C6 son para drones que volarán en la Categoría Específica en cada uno de los escenarios estandar establecidos hasta el momento STS 01 o STS 02.

· Drones con marcado de Clase C5

Marcado de Clase C5

Los drones con clase C5 están dirigidos a operaciones VLOS en Categoría Específica sobre una zona terrestre controlada en entorno urbano, o lo que es lo mismo el escenario estandar STS 01.

Los requisitos para los drones de Clase C5 son más complejos como vemos a continuación:

  • Tener una MTOM inferior a 25 kg.
  • No ser un UA de ala fija, salvo si es una UA cautiva.
  • Tener un sistema que proporcione al piloto a distancia información clara y concisa sobre la altura de la UA.
  • Estar equipado con un modo de baja velocidad seleccionable que limite la velocidad a 5 m/s como máximo.
  • Ante una pérdida de enlace de datos (C2), contar con un método de recuperarlo o de terminar el vuelo de forma segura.
  • Tener un método de recuperación del enlace de mando y control (C2) o, en caso de fallo, un sistema de terminación segura del vuelo.
  • Estar equipado con un enlace de datos protegido contra el acceso no autorizado a las funciones de mando y control (C2).
  • Estar alimentado con electricidad.
  • Tener un número de serie único.
  • Tener un sistema de identificación a distancia directa (e-ID).
  • Tener equipado un sistema de geoconsciencia.
  • Tener equipado un sistema de aviso de batería baja para el UA y la estación de control (CS).
  • Equipar luces para control de actitud y vuelo nocturno.
  • Si la UA dispone de función de limitación de acceso a determinadas zonas o volúmenes del espacio aéreo, esta deberá interoperable con el sistema de control del vuelo, y deberá informar al piloto a distancia cuando esta impida entrar a la UA a estas zonas o volúmenes del espacio aéreo.
  • Una UAS de clase C5 podrá consistir en una UAS de clase C3 que lleve instalado un kit de accesorios que convierta la UAS de clase C3 en una UAS de clase C5.
  • El kit de accesorios no incluirá cambios en el software del UAS de clase C3.

Está claro que los requisitos para los drones de la clase C5 son mucho más específicos y exigentes para responder al escenario estándar al que están dirigidos, en VLOS cerca de personas o entornos urbanos. En cualquier caso ten en cuenta que salvo en las operaciones que no cumplan los requisitos o se puedan realizar dentro de la Categoría Abierta, no necesitaremos este tipo de drones de clase C5. 

· Drones con marcado de Clase C6

Marcado de Clase C6

Los drones con clase C6 están dirigidos a operaciones BVLOS en Categoría Específica, es decir al escenario estandar STS 02 sobre una zona terrestre controlada (CTR) en un entorno escasamente poblado.

Los requisitos para los drones de Clase C6 son muy similares a la clase C5 pero con algunas diferencias que resalto a continuación:

  • Tener una MTOM inferior a 25 kg.
  • No ser una UA de ala fija, salvo si es una UA cautiva.
  • Tener una velocidad máxima respecto al suelo en vuelo horizontal de 50 m/s.
  • Tener un sistema que proporcione al piloto a distancia información clara y concisa sobre la altura de la UA.
  • Estar equipado con un modo de baja velocidad seleccionable que limite la velocidad a 5 m/s como máximo.
  • Ante una pérdida de enlace de datos (C2), contar con un método de recuperarlo o de terminar el vuelo de forma segura.
  • Tener un método de recuperación del enlace de mando y control (C2) o, en caso de fallo, un sistema de terminación segura del vuelo.
  • Estar equipado con un enlace de datos protegido contra el acceso no autorizado a las funciones de mando y control (C2).
  • Estar alimentado con electricidad.
  • Tener un número de serie único.
  • Tener un sistema de identificación a distancia directa (e-ID).
  • Tener equipado un sistema de geoconsciencia.
  • Tener equipado un sistema de aviso de batería baja para el UA y la estación de control (CS).
  • Equipar luces para control de actitud y vuelo nocturno.
  • Si la UA dispone de función de limitación de acceso a determinadas zonas o volúmenes del espacio aéreo, esta deberá interoperable con el sistema de control del vuelo, y deberá informar al piloto a distancia cuando esta impida entrar a la UA a estas zonas o volúmenes del espacio aéreo.

Si te has fijado la clase C6 realmente tiene los mismos requisitos que la clase C5 pero en esta clase C6 si que se permite el vuelo de alas fijas ya que son más adecuados para vuelos BLOS y al mismo tiempo se aumenta o limita la velocidad máxima de las alas fijas. 

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